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Protocolo de la URBA para la vuelta del Top 12

Protocolo de cumplimiento obligatorio para los Torneos oficiales de la URBA del Plantel Superior
(“PS”) 2021.


El mismo ha sido tenido en cuenta a los efectos de lograr el otorgamiento de los permisos
correspondientes de parte de las autoridades competentes para la vuelta al juego.

Más allá del carácter obligatorio de su aplicación en la primera etapa de inicio progresivo de la
actividad, es la intención de esta Unión que, en la medida que la situación sanitaria lo justifique y
las autoridades lo permitan, el presente Protocolo se vaya flexibilizando, incorporando actividades
o situaciones que tiendan a la vuelta a la práctica normal de nuestro deporte, tal y como es
concebido y disfrutado hasta el inicio de la pandemia.

Cada uno de los Clubes será el responsable de hacer cumplir en forma estricta el presente
Protocolo, con sus respectivas áreas sociales y aforos.

El incumplimiento de las normas impuestas en el presente, será sancionado con penas que irán
desde la suspensión de sus canchas hasta pérdida de puntos del torneo en curso, siendo las
Comisiones de Disciplina y de Competencias de la URBA los órganos encargados de juzgar
acerca de la configuración de los incumplimientos y aplicar las penas correspondientes.


a.- SIN PÚBLICO
(Se considera PÚBLICO a todas aquellas personas no incluidas en este protocolo)

  1. En los torneos oficiales de rugby del PS está absolutamente prohibida la presencia de
    público tanto local como visitante en la zona del campo de juego y su periferia.
    Teniendo en cuenta las características de nuestros clubes, es responsabilidad del club local
    la limitación de la extensión de dicha zona periférica a fin de cumplir acabadamente con el
    fin perseguido.
  2. Los Clubes deberán tomar las medidas necesarias para restringir el acceso al público al
    perímetro del campo de juego, debiendo estar clausuradas, inhabilitadas y/o cerradas todas
    las tribunas de la cancha.
  3. Únicamente podrán presenciar el encuentro los jugadores, staff técnico y dirigentes
    debidamente acreditados en cada partido. Dicho entorno no podrá exceder de 30
    Jugadores, 15 miembros del staff técnico y 5 dirigentes por cada uno de los clubes
    participantes.
  4. Una vez finalizado el encuentro los jugadores, staff técnico y dirigentes acreditados
    deberán retirarse del perímetro de la cancha, como así también, de las instalaciones del
    club.
  5. El referí podrá no dar inicio a un partido hasta que los jugadores y el staff técnico de los
    equipos participantes del partido anteriormente jugado se hayan retirado del perímetro de
    la cancha de juego.
    Unión de Rugby de Buenos Aires
    Pacheco de Melo 2120 (C1126AAH) – Buenos Aires – Argentina – Tel. (011) 4805-5858
  6. Los jugadores suplentes, cuerpo técnico y dirigente debidamente autorizado deberán usar
    obligatoriamente barbijo durante todo el encuentro.
  7. En los espacios reservados a tal fin podrán estar presentes periodistas y fotógrafos
    previamente acreditados
  8. Los clubes que tengan alguna otra actividad deportiva y/o social autorizada y que se
    desarrolle al mismo tiempo que los encuentros de rugby, deberán organizarlas de manera
    tal que su desarrollo no interfiera ni desnaturalice el cumplimiento del presente Protocolo.
  9. Del mismo modo, los Clubes deberán arbitrar los medios para que las actividades sociales
    que se desarrollen en sus sedes, no interfieran con el cabal cumplimiento de las normas de
    este Protocolo.

b.- SIN TERCER TIEMPO y COMIDA DE CAMARADERIA


Está prohibida la realización del tercer tiempo y comida de camaradería.
Una vez finalizados cada uno de los encuentros, las respectivas divisiones y/o equipos deberán
retirarse de las instalaciones del Club.


c.- SIN VESTUARIO


Está prohibida la utilización de los vestuarios local y visitante para los jugadores y staff que
participen en los encuentros de rugby programados.
Excepcionalmente se podrán utilizar los vestuarios los días de lluvia, aplicando para ello los
protocolos correspondientes.


d.- AUTORIDAD COMPETENTE


El referí designado para cada encuentro será la autoridad encargada de determinar acerca del
cumplimiento de lo previsto en este Protocolo.-
Solicitará la presencia del Director del Partido designado por el Club quien se pondrá a
disposición del referí a fin de colaborar con el mismo para hacer cumplir el presente protocolo y
disponer las medidas necesarias para que el partido pueda disputarse conforme fue programado.-
Finalizado el partido el referí deberá elevar un informe a la Comisión de Competencias sobre el
cumplimiento de cada Club de lo previsto en el presente Protocolo.

Consejo Directivo URBA 12/7/2021

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